20 de noviembre: Día internacional de la infancia
La Declaración de los Derechos del Niño fue bosquejada por Eglantyne Jebb y adoptado por la International Save the Children Union, Génova, el 23 de febrero en 1923 y respaldado por la Asamblea General de la Sociedad de las Naciones el 26 de noviembre de 1924:
A través de esta declaración, conocida comúnmente como Declaración de Génova, hombres y mujeres de todas las naciones, reconociendo que los niños son lo mejor que la humanidad tiene, declara y acepta como su deber, más allá de toda consideración de raza, nacionalidad o credo, que:
- 1. Al niño se le debe dar los medios necesarios para su desarrollo normal, material y espiritual.
- 2. El niño hambriento debe ser alimentado, el niño enfermo debe ser curado, el niño maltratado debe ser protegido, el niño explotado debe ser socorrido, el niño huérfano y abandonado debe ser acogido.
- 3. El niño debe ser el primero en recibir auxilio en caso de un desastre.
- 4. El niño debe tener sustento, y ser protegido contra todo tipo de explotación.
- 5. El niño debe ser llevado a concientizarse de ser devoto al servicio del hombre.
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(Datos suministrados por UNICEF)
Convención de los Derechos
del Niño
La Convención ha sido ratificada por 191 países, solo Estados Unidos y Somalia no lo han ratificado. La Convención cuenta con dos protocolos facultativos aprobados por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 25 de mayo de 2000:
Protocolo facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados: con 101 países firmantes y 22 que lo han ratificado, entrando en vigor el 12 de febrero de 2002. Este Protocolo se convirtió en un instrumento jurídicamente vinculante para los Estados que lo han ratificado.
Protocolo facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía: 96 países han firmado este Protocolo y 22 lo han ratificado. Entró en vigor el 18 de febrero de 2002 y es un instrumento jurídicamente vinculante.
Cinco países aún aplican la pena de muerte a menores de edad
Fuente: El Universal.
Cinco países, liderados por Irán, son responsables de las 32 ejecuciones de criminales menores de edad registradas desde enero de 2005, según un informe divulgado este miércoles por la organización estadounidense Human Rights Watch (HRW).
Irán, Pakistán, Arabia Saudita, Sudán y Yemen son los únicos países que siguen imponiendo la pena capital a menores de 18 años cuando cometieron un crimen. Estados Unidos la prohibió en 2005, informó AFP.
Human Rights Watch llamó a las Naciones Unidas, que realizan su Asamblea General la semana próxima, a presionar para una mayor protección de los niños.
“Estamos a solo cinco países de una prohibición completa de la pena de muerte en jóvenes”, indicó Clarisa Bencomo, de HRW. “Estos pocos deberían abandonar esta práctica bárbara para que nunca nadie más sea ejecutado por un crimen cometido cuando era un niño”.
Según la organización, Irán ejecutó a 26 de los 32 adolescentes sentenciados a muerte desde enero de 2005, dos ejecuciones fueron en Arabia Saudita, la misma cantidad en Sudán, una en Yemen y una en Pakistán, reveló la organización.
En estos países, “más de 100 jóvenes condenados esperan actualmente en el corredor de la muerte el resultado de su apelación o, en casos de asesinato, el resultado de una negociación que otorgue la clemencia contra una compensación financiera”.
HRW precisó que la gran mayoría de los países, “incluso China y Estados Unidos” recientemente, han “ratificado o adherido a tratados” que garantizan que la pena de muerte no puede ser aplicada cuando el crimen fue cometido cuando el joven tenía menos de 18 años.
Pero en Irán, explicó HRW, “los jueces pueden imponer la pena capital si el acusado alcanzó la mayoría, definida en el derecho iraní en 9 años para las niñas y 15 años para los varones”. La organización contabilizó en este país seis ejecuciones de menores en 2008.
En Arabia Saudita, donde los jueces tienen el poder discrecional de condenar a los jóvenes a la pena capital a la edad de “la pubertad o a los 15 años”, dos jóvenes fueron ejecutados en 2007, uno de los cuales tenía 15 años en el momento de la ejecución y apenas 13 cuando cometió el crimen del que era acusado.
“Su padre aseguró que las autoridades sauditas solo avisaron a la familia varios días después de la ejecución y nunca entregaron el cuerpo” a la familia, aseguró HRW.
Las cosas son diferentes en Sudán y Pakistán. En ambos países el mayor problema es la ausencia de registros del nacimiento, lo que impide a los jóvenes probar que eran menores en el momento de los hechos de los que son acusados.
Más del 35% de los nacimientos en Sudán no son registrados, y solo el 29,5% son anotados legalmente en Pakistán, que aprobó en 2000 una ley que prohíbe la pena de muerte en niños aunque hasta ahora no ha logrado aplicarla.
En Yemen, el Código Penal prevé penas máximas de 10 años de prisión para los menores de 18 años pero solo el 22% de los nacimientos son registrados y el país posee pocos medios para determinar de manera fiable la edad de un niño. El último joven ejecutado, en 2007, aseguraba que tenía 16 años y confesó su crimen bajo tortura, según HRW.
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